Imagen de la Virgen de Asunción |
Declara Patrimonio Cultural e Intangible a la Festividad de la “Virgen de la Asunción”, Patrona del Municipio de Llallagua, Tercera Sección de la Provincia Rafael Bustillo del Departamento de Potosí.
La ley Nº 117 fue promulgada el 7 de mayo del 2011 por: Presidente Constitucional Del Estado Plurinacional De Bolivia por Cuanto:
DECRETA LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS:
Artículo 1. Declárese Patrimonio Cultural e Intangible a la Festividad de la “Virgen de la Asunción”, Patrona del Municipio de Llallagua, Tercera Sección de la Provincia Rafael Bustillo del Departamento de Potosí.
Artículo 2. Se autoriza al Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua, gestionar los recursos necesarios y suficientes para la promoción y conservación de la Festividad de la “Virgen de la Asunción”, asimismo de coordinar su organización con las diferentes entidades públicas y privadas, vinculadas al sector cultural y religioso.
Artículo 3. El Ministerio de Culturas desarrollará en función a sus competencias las tareas de promoción, preservación difusión en el ámbito nacional e internacional.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil once años.
Fdo. René Oscar Martínez Callahuanca, Flora Aguilar Fernández, Zonia Guardia Melgar, Carmen García M., Esteban Ramírez Torrico, Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de dos mil once años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Carlos Romero Bonifaz.
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